Si ha resultado perjudicado en un accidente que involucra una caída por resbalón en la propiedad de otra persona debido a una condición peligrosa, probablemente necesitará proporcionar evidencia de algunos factores clave para tener éxito en su caso de lesiones personales:
- Ya sea el poseedor de la propiedad o su empleado deberían haber tenido conocimiento previo de la condición peligrosa porque otra persona “razonable” en su misma posición habría sabido de la condición peligrosa y la habría corregido.
- Ya sea el poseedor de la propiedad o su empleado sí tuvieron conocimiento previo de la condición peligrosa pero no la repararon ni corrigieron.
- Ya sea el poseedor de la propiedad o su empleado causaron la condición peligrosa — a través de un derrame, piso roto, etc.
Debido a que muchos propietarios suelen estar bastante activos en el mantenimiento de sus propiedades, el primer escenario es a menudo el foco de la mayoría de los litigios que involucran incidentes de caídas por resbalón, pero el primer escenario puede ser difícil de probar debido a la frase “debería haber sabido.” En última instancia, será decisión del juez o del jurado elegir si el propietario de la propiedad debería haber tenido conocimiento de un escalón resbaladizo que resultó en sus lesiones después de que presente toda la extensión de sus pruebas y argumentos.
Si cree que tiene motivos para reclamar negligencia debido a una lesión por caída por resbalón, se recomienda que entienda los tipos de daños que pueden recuperarse mediante una demanda, tales como gastos médicos, ingresos perdidos y dolor y sufrimiento. Si desea obtener una cifra general del valor de sus daños, debe contactar a un abogado de lesiones personales en Salt Lake City calificado.
Razonabilidad
Cuando intenta establecer que un propietario es responsable de las lesiones sufridas en un incidente de caída por resbalón, probablemente tendrá que demostrar la razonabilidad de las acciones exhibidas por el propietario, en algún momento. Aquí hay algunas preguntas útiles que usted y su representación legal pueden querer considerar antes de iniciar una reclamación:
- ¿Cuánto tiempo había estado presente el peligro antes del momento del accidente? Esencialmente, si el techo con goteras sobre un pasillo había estado goteando durante los últimos cinco meses, entonces se consideraría menos razonable que el propietario permitiera que la gotera continuara, en lugar de si la gotera hubiera comenzado justo la noche antes del accidente y el propietario solo estuviera esperando a que parara la lluvia para comenzar a repararla.
- ¿Qué tipos de actividades de mantenimiento diario realiza el arrendador? Si el propietario afirma que inspecciona las instalaciones regularmente, ¿qué tipo de evidencia puede proporcionar para respaldar esta afirmación?
- En caso de que su accidente por caída por resbalón se debiera a tropezar con algo que fue dejado descuidadamente en el suelo — o en otro lugar — ¿había una razón válida para que ese objeto estuviera allí?
- En el caso de que su accidente por caída por resbalón involucrara tropezar con algo que fue dejado en el suelo que alguna vez tuvo una razón válida para estar allí, ¿persistía la razón válida en el momento de su incidente? Por ejemplo, tropezar con una lata de pintura en un comedor probablemente no sea razonable si la habitación no se ha pintado en más de 2 años y el arrendador no tenía planes evidentes de repintar la habitación en ese momento.
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Imprudencia, Torpeza y Negligencia Comparativa
La mayoría de los estados, incluido Utah, utilizan un concepto conocido como negligencia comparativa al tratar con accidentes de caídas por resbalón. Esto significa esencialmente que el demandante, de alguna forma, contribuyó al accidente — por ejemplo, estaba hablando por su teléfono celular y no notó una señal de advertencia. Esto afectaría la cantidad de daños que podrían recuperarse, reduciendo significativamente la cantidad final según el grado en que el demandante sea comparativamente responsable. Este porcentaje es determinado por los tribunales.
Al investigar la responsabilidad legal de un arrendador, hay algunas preguntas clave que pueden ayudarle a evaluar las posibilidades de que se le encuentre negligente comparativamente después de un accidente por caída por resbalón:
- ¿Había una razón legítima para que usted estuviera en las instalaciones del propietario cuando ocurrió el accidente? ¿Debería el arrendador haber esperado que usted, o alguien en una situación similar a la suya en el momento del accidente, estuviera allí?
- ¿Una persona con precaución razonable en una situación similar habría estado consciente y evitado la condición peligrosa, o manejado la situación para disminuir la probabilidad de lesionarse por resbalar y caer — por ejemplo, sujetándose del pasamanos al bajar una escalera helada?
- ¿El propietario de la propiedad colocó una barrera o proporcionó advertencia sobre la condición peligrosa que resultó en su incidente de caída por resbalón?
- ¿Participaba usted en alguna actividad que contribuyó a su incidente de caída por resbalón? Por ejemplo, correr alrededor del borde de una piscina, estar en su teléfono mientras caminaba, saltar o brincar, intentar patinar sobre hielo con zapatos de tenis, etc.
Si ha estado discutiendo su caso con una compañía de seguros sobre un posible acuerdo por las lesiones sufridas, probablemente le harán ciertas preguntas similares a las aquí proporcionadas. No tendrá que probar que fue extremadamente cauteloso ante la aseguradora, pero probablemente tendrá que demostrar que ejerció suficiente precaución para que el asegurador no crea que actuó negligentemente.
Accidentes de Caídas por Resbalón en Utah
Las lesiones por caídas por resbalón son, con mucho, la reclamación de lesiones personales más común en los EE. UU. Casi el 30 por ciento de los que resultan heridos en una caída por resbalón sufren lesiones graves.
El equipo de Siegfried & Jensen de abogados expertos en caídas por resbalón en Utah cree que ninguna víctima debería asumir la carga financiera de un accidente resultante de un propietario negligente. Llámenos hoy al 801-266-0999 si usted o un ser querido ha resultado lesionado en la propiedad de otra persona.
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